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Licencias médicas de dentistas en Chile: la Suseso precisa en qué casos valen
La Superintendencia de Seguridad Social de Chile fijó en qué casos los cirujanos dentistas pueden emitir licencias médicas y cuáles debe rechazar la Compin o la Isapre.

La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) de Chile estableció en qué casos los cirujanos dentistas pueden emitir licencias médicas, a través de la Circular N.° 3931, vigente desde el 23 de octubre. La norma también fija límites para las matronas y matrones, y modifica el Libro II del Compendio de Normas sobre Licencias Médicas, Subsidios por Incapacidad Laboral y Seguro Sanna.
Según la circular, el dentista solo puede certificar reposo por enfermedades de la boca; no le corresponde hacerlo por afecciones generales o sistémicas que queden fuera de su competencia. Los especialistas en Cirugía y Traumatología Bucomaxilofacial inscritos en el registro oficial de prestadores tienen un margen más amplio: también pueden dar licencia por lesiones y enfermedades de la cara, los maxilares y las estructuras relacionadas, dentro de su especialidad.
La norma obliga a la Compin y a las Isapres a rechazar, indicando expresamente el motivo, cualquier licencia emitida por un diagnóstico fuera de la competencia del profesional que la firmó. El trabajador puede entonces acreditar que el diagnóstico sí corresponde a esa competencia, o pedir una nueva licencia a un profesional habilitado.
Por qué importa: una licencia mal fundamentada, aunque esté firmada de buena fe, puede terminar rechazada y dejar al paciente sin el respaldo que necesitaba frente a su empleador.
Qué revisar: el texto completo de la Circular N.° 3931 de la Suseso.
Vía: Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), Chile, 26 de octubre de 2026